¿Qué es un RFE?

Los Recintos Fiscalizados Estratégicos son aquellos lugares en donde las autoridades aduaneras realizan indistintamente funciones de manejo, almacenaje, custodia, carga y  descarga de las mercancías de comercio exterior, fiscalización, así como el despacho aduanero de las mismas. Las personas que tengan el uso o goce de un inmueble, dentro de la circunscripción de cualquier aduana, podrán solicitar al Servicio de Administración Tributaria la habilitación de dicho inmueble para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico y la autorización para su administración. El inmueble habilitado se denominará recinto fiscalizado estratégico, el interesado deberá cumplir con los requisitos que exija el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas, para asegurar el interés fiscal.

Esta categoría de recinto consiste en la introducción por tiempo limitado de mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas para que éstas sean objeto de manejo, almacenaje, custodia, exhibición, venta, distribución, elaboración, transformación o reparación. Las mercancías destinadas al RFE deberán cumplir con sus respectivas regulaciones o restricciones no arancelarias y no se sujetarán al pago de impuestos de comercio exterior, ni cuotas compensatorias, ni siquiera por mermas o desperdicios resultantes.

Otra ventaja que brinda el régimen, es permitir a las materias primas y extranjeras permanecer en el país por un plazo máximo de dos años en una especie de importación temporal. Las mercancías extranjeras que se destinan al RFE podrán retirarse para importarse de forma definitiva, retornan al exterior, transferirse a la industria maquiladora de exportación o ingresar al depósito fiscal.